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Font del gat (abrevadero)

Fuentes de Barcelona
Font gat2005c
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La Font del gat[1]​ o Font de Sant Agustí Vell[2]​ es una fuente gótica (reconstruida) situada en el Barrio de Ribera de Barcelona . Está en los bajos de la casa que tiene la fachada principal en la Plaza de Sant Agustí Vell[3]​ y hace esquina con las calles de Carders y Tantarantana (por debajo de la cual pasaba el Rec Comtal que alimentaba la fuente).[4]​ Es una fuente muy significativa de la ciudad, ya que el uso principal era como abrevadero para los caballos que entraban por el Portal Nou.[5]​

Extracto del artículo de Wikipedia Font del gat (abrevadero) (Licencia: CC BY-SA 3.0, Autores, Material gráfico).

Font del gat (abrevadero)
Plaça de Sant Agustí Vell, Barcelona Ciudad Vieja

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Coordenadas geográficas (GPS)

Latitud Longitud
N 41.387903 ° E 2.180636 °
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Dirección

Plaça de Sant Agustí Vell 15
08003 Barcelona, Ciudad Vieja
Cataluña, España
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Font gat2005c
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Lugares cercanos

Acequia Condal
Acequia Condal

La Acequia Condal[1]​[2]​ (en catalán: Rec Comtal o también Sèquia Comtal) es un antiguo canal de riego que sirvió a los habitantes del llano de Barcelona desde su construcción hasta inicios del siglo XIX. La construcción tiene su origen en un antiguo acueducto romano que canalizaba el agua desde el río Besós. En el siglo X u xi Miró I de Barcelona reconstruyó la antigua vía de agua romana y creó la nueva acequia, que tomaba agua del río Besós a la altura de Moncada y Reixach, y servía para regar y para mover molinos. Dentro de la ciudad circulaba por la calle de Regomir, de ahí su nombre.[3]​ Dentro de Barcelona, suministraba agua al barrio de San Pedro y Portal Nuevo, por lo que esta zona se desarrolló industrialmente. En 1877, la mayor demanda de agua obligó a construir una mina en Moncada y Reixach que aumentó considerablemente el caudal. Pero a finales del siglo XIX la acequia pierde importancia para la ciudad, si bien continuaría utilizándose para regar los huertos del barrio de San Andrés de Palomar.[3]​ En cuanto al regadío, en el siglo XV había un centenar de picas y, por lo que respecta a los molinos, al final del siglo XIII había unos trece centros de molinos, algunos grandes (con seis muelas) y otros pequeños (con dos molinos de cubo). También se construyeron molinos traperos, de pólvora y una herrería.[4]​ En la actualidad subsiste un tramo de la antigua acequia, situado en el barrio de Vallbona, en el barcelonés distrito de Nou Barris.[5]​

Síndico de Agravios de Cataluña
Síndico de Agravios de Cataluña

El Síndico de Agravios de Cataluña[1]​ (oficialmente, en catalán, Síndic de Greuges de Catalunya) es el nombre del Defensor del Pueblo de la comunidad autónoma de Cataluña, en España. Es una de las instituciones de la Generalidad de Cataluña cuyas funciones se definen en los artículos 78 y 79 del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006. Su misión es garantizar el derecho de todas las personas a una buena administración gubernamental. Debe atender las quejas de las personas que se encuentren desamparadas ante la actuación o la falta de actuación de las administraciones. A fecha de 6 de junio de 2012, la institución del Síndic de Greuges tiene 87 trabajadores, y goza de autonomía presupuestaria. Al finalizar el ejercicio anual se edita la memoria de actividades realizadas durante el periodo. El Estatuto de Autonomía establece que sus funciones son proteger y defender los derechos y las libertades que reconocen tanto la Constitución española de 1978 como el Estatuto de Autonomía de Cataluña. Supervisa la actividad de la Administración de la Generalidad, la de los organismos públicos o privados vinculados o dependientes, la de las empresas privadas que gestionan servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal o actividades equivalentes de manera concertada o indirecta y la de las demás personas con un vínculo contractual con la Administración de la Generalidad y con las entidades públicas dependientes. También supervisa la actividad de la Administración local de Cataluña y la de los organismos públicos o privados vinculados o dependientes. Cabe señalar que el defensor del pueblo presentó un recurso, debido principalmente al artículo donde se señala que el Síndico tiene carácter exclusivo. El síndico es elegido por el Parlamento de Cataluña por mayoría de tres quintas partes de sus miembros por una duración de nueve años. En el caso de que no se consiga la mayoría de las tres quintas partes, se volverá a iniciar el mismo procedimiento. Si transcurridos tres meses ninguno de los candidatos propuestos obtiene la mayoría establecida por el apartado anterior, en la votación subsiguiente bastará con la mayoría absoluta. Ha de ejercer sus funciones con imparcialidad e independencia, y es inviolable por las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones, es inamovible y únicamente puede ser destituido y suspendido por las causas que establece la ley. Los Síndicos de Cataluña han sido: Frederic Rahola i d'Espona 1984-1992 Anton Cañellas i Balcells 1993-2004 Rafael Ribó i Massó 2004-2022 Esther Giménez-Salinas i Colomer 2022-actualidad